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El Congreso estudia la legalización del cannabis por uso medicinal. Por Carmen Andrés

19 septiembre 2022

legalización del cannabis por uso medicinal

Por carmen andres, diputada en el Congreso

El cannabis es una sustancia psicoactiva que plantea riesgos para sus usuarios y para la sociedad, aunque menos que otros como heroína y cocaína. Por eso los tratados derivados de Naciones Unidas sobre drogas la regulan.

 El cannabis está incluido en la lista I de la Convención Única de 1961 sobre estupefacientes propiciada por el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas. España firmó y ratificó la Convención y los demás tratados internacionales que conforman el marco legal internacional de control de drogas, forma parte de la Comisión de Estupefacientes y está comprometida con el respeto a la ley internacional.

Hace años ha habido cierto interés por el potencial terapéutico de algunos componentes del cannabis. Para facilitar la investigación en este campo, la Comisión de Estupefacientes modificó su clasificación (con el voto favorable de España). 

Para trabajar este aspecto, el 14 de octubre de 2021 se constituyó en el Congreso de los Diputados una Subcomisión para analizar experiencias de regulación del cannabis para uso medicinal, en el seno de la Comisión de Sanidad.

En el desarrollo de las sesiones se llevaron a cabo veintiséis comparecencias de responsables de instituciones públicas del Estado y de países de nuestro entorno europeo, miembros de sociedades médicas y colegios profesionales del ámbito de las sesiones ciencias de la salud, así como sociedades y grupos de pacientes.

Todo ello con el objetivo de obtener una visión extensa y perspectivas de todos los agentes implicados en el uso medicinal del cannabis desde diferentes marcos normativos, como paso previo a cualquier debate sobre la regulación de este uso en España.

El 21 de junio de 2022 fue aprobado, por mayoría, el informe de conclusiones de la Subcomisión, con los votos a favor de los Grupos Parlamentarios Socialista, Confederal Unidas Podemos-En Común Podemos-Galicia en Común, Plural, Ciudadanos y Vasco ( EAJ-PNV); los votos en contra de los Grupos Popular y Vox; y la abstención de los Grupos Republicano (ERC) y Euskal Herria Bildu.

El informe está elaborado desde una perspectiva de comparativa internacional sobre la evidencia existente, debilidades, amenazas, fortalezas, oportunidades y resultados de las experiencias analizadas. Fue enviado al Gobierno de España para que pueda ser utilizado en la regulación del uso médico del cannabis basado en las experiencias de otros estados.

El informe contiene 10 conclusiones y 5 recomendaciones.

Como criterio transversal, el objeto de la regulación se acota a las preparaciones de cannabis que puedan tener usos terapéuticos.

Hoy en día, los usos sobre los que existe evidencia científica son limitados, y se concentran en unos pocos diagnósticos, según se pudo constatar a lo largo de los trabajos de la Subcomisión.

La investigación es pieza clave para aportar luz y ampliar los diagnósticos y tratamientos. Precisamente, para facilitar la investigación y ampliar el abanico de aplicaciones, el cannabis se sacó de la lista IV de la Convención Única en 2020. Sin embargo, se mantuvo en la lista I, que fija su consideración legal como estupefaciente y obliga a su fiscalización en la fabricación, exportación, importación, distribución, comercio, uso y posesión de sustancias que deben limitarse a usos médicos y científicos.

En estos momentos en España tienen autorización de comercialización dos productos farmacéuticos obtenidos a partir de extractos del cannabis, que se dispensan bajo prescripción médica y financiación pública como tratamiento de un tipo de epilepsia, y por la espasticidad en pacientes con esclerosis múltiplo. Se han beneficiado miles de personas.

La Subcomisión recomienda explorar fórmulas que permitan disponer en nuestro mercado farmacéutico de extractos y preparados estandarizados de cannabis que hoy carecen de autorización de comercialización para mejorar el tratamiento de patologías, bajo prescripción médica que dé garantías de composición, dosificación y seguridad.

También recomienda valorar el desarrollo de proyectos experimentales con preparaciones que estén al alcance en países de la Unión Europea. Y que los servicios de farmacia competentes puedan elaborar fórmulas magistrales a partir de extractos o preparaciones estandarizadas para su uso en determinados casos.

La prescripción se realizará por profesionales sanitarios, con competencias en las áreas de atención de las indicaciones autorizadas. Y la duración de los tratamientos con extractos o preparaciones estandarizadas deberá ser definida y controlada. La dispensación se efectuará en los servicios de farmacia, con preferencia de las farmacias hospitalarias.

Los pacientes con prescripción y dispensación de fórmulas magistrales con extractos o preparaciones estandarizadas de cannabis constarán en un registro centralizado a partir de los registros del Servicio de cada comunidad autónoma.

En la línea de avanzar en la mejora de la calidad de vida y el tratamiento de más pacientes que esperan respuesta, se recomienda reconocer todas las indicaciones para las que existen indicios sólidos de utilidad del uso medicinal del cannabis: espasticidad en casos de esclerosis múltiple, algunas formas de epilepsia, náuseas y vómitos derivados del tratamiento con quimioterapia, endometriosis, dolor oncológico y dolor crónico no oncológico (incluido el dolor neuropático), con la posibilidad de ampliar a otras indicaciones terapéuticas para las que los estudios aporten indicios consistentes.

La Subcomisión reconoce el rol central de la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (AEMPS) en la definición de la regulación, y en la aplicación y fiscalización en coordinación con las comunidades autónomas, y establece un plazo de seis meses para que la AEMPS lleve a cabo los trabajos necesarios para que las recomendaciones tengan encaje en la normativa vigente y sean viables.

Y como recomendación última, insta a realizar acciones para que la disponibilidad de cannabis para usos terapéuticos pueda comportar una mayor disponibilidad y consumo fuera del contexto sanitario.

A estos efectos la AEMPS, con la participación de las comunidades autónomas, elaborará un informe sobre el uso terapéutico de extractos o preparaciones estandarizadas de cannabis, que incluirá los servicios que prescriben, los pacientes tratados, los volúmenes dispensados ​​y datos sobre el eficacia seguridad, con las aportaciones del sistema de farmacovigilancia.

La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional Sobre Drogas realizará un informe sobre el consumo de estos productos, con información sobre la frecuencia de consumo en la población adolescente y adulta, los indicios de consumo intensivo y/o problemático, las personas con tratamiento especializado con el cannabis como sustancia principal.

Ambos informes serán publicados y remitidos al Congreso de los Diputados, que celebrará una sesión de análisis y evaluación anual.