Es el órgano que se encarga de supervisar la administración económica y patrimonial del Partido, comprobando que se ajusta a las resoluciones de los órganos competentes. Es elegida por el Congreso y está integrada por un presidente o una presidenta y 4 vocales conocedores de la materia. 

El 6 de julio de 2007 entró en vigor la Ley Orgánica 8/2007 y quedó derogada la Ley Orgánica 3/1987 de 2 de julio, que reguló la financiación de los partidos políticos durante 20 años. 

Es con la entrada en vigor de esta Ley que el PSC inicia la tarea de consolidación contable y financiera de toda la organización, y el ejercicio de 2008 es el primero que se presenta al Tribunal de Cuentas ya la Sindicatura de Cuentas de Cataluña con los estados financieros totalmente consolidados.

Esta consolidación, que culmina con el ejercicio de 2008, recoge la gestión económica del Partido y sus organizaciones políticas (grupos parlamentarios y grupos políticos con representación en diferentes instituciones). En total: 16 federaciones, 325 agrupaciones, 280 grupos políticos, 2 grupos parlamentarios y la sede central.

Ley Orgánica 5/2012

Ley Orgánica 5/2012, de 22 de octubre, de reforma de la Ley Orgánica 8/2007, De 4 de julio, sobre Financiación de los Partidos Políticos.

Articulo cuarto. Se añade un apartado ocho en el artículo 14 de la Ley, que queda redactada en los siguientes términos:

Ocho. Los partidos políticos, una vez emitido por el Tribunal de Cuentas el informe de fiscalización correspondiente a un determinado ejercicio, vendrán obligados a hacer públicas, preferentemente a través de su página web, balance y cuenta de resultados y, en particular, cuantía de los créditos que les han sido concedidos, el tipo de entidad concedente y las condonaciones de deuda correspondiente a tal ejercicio, de forma que esta información sea de gratuito y fácil acceso para los ciudadanos”.